Héroes de ‘capa caída’

Afrontar en primera línea la batalla contra el COVID-19 no ha sido sencillo para el personal de salud del departamento del Huila, que ve en la Ley 100 una barrera para la garantía del derecho a la salud y el goce pleno de sus garantías laborales.

Siete investigaciones sobre las dolencias de la salud en Colombia

Héroes de ‘capa caída’

Autor:

Alexander Trujillo Baca-  Serafín Marquín

Octubre 07 de 2020

Las ‘capas blancas’ del personal de salud huilense que día y noche desarrollan una lucha implacable contra la COVID-19 se deshilan en un sistema de salud que, de acuerdo con los hechos investigados en este reportaje, refleja politización y falta de garantías laborales. Mientras tanto, en Colombia la pandemia puso a prueba el sistema de salud desde el 21 de marzo, con el primer fallecimiento, hasta el 21 de junio, cuando el país superó las 100 muertes diarias. En ese momento la cantidad total de fallecidos era de 2237, sin embargo, tan solo dos meses y medio después, la cifra de decesos ascendió a los 20 052.

Cuando el mundo empezó a perder la respiración y Colombia cerró las ciudades, Ester* y Pedro* tuvieron miedo al contagio, pero el solo hecho de pensar en quedarse sin trabajo les aterrorizaba más. Ellos continuaron la marcha junto a 260 241 trabajadores de la salud que, según el ‘Plan de acción para la prestación de servicios de salud durante las etapas de contención y mitigación de la pandemia por SARS-CoV-2 (COVID-19)’ del Ministerio de Salud y Protección Social, al mes de julio, conformaban la primera línea de batalla contra el amenazante enemigo silencioso y fatal.

Después de identificarse los primeros casos en Wuhan (Hubei - China) el 31 de diciembre del 2019, en enero del 2020 el Equipo de Apoyo a la Gestión de Incidentes para abordar el brote, creado desde agosto del 2016 por la Organización Mundial de la Salud (OMS), dio a conocer un boletín con el nombre de ‘Neumonía de causa desconocida – China’, en el que brinda consejos  para todos los países sobre el modo de detectar casos, realizar pruebas de laboratorio y gestionar los posibles casos. Además, hizo público el Plan estratégico de preparación y respuesta de la comunidad internacional para ayudar a los Estados con sistemas de salud más frágiles a protegerse. En febrero, la OMS presentó su ‘Plan Estratégico de Preparación y Respuesta’, documento que contiene información sobre el virus y lo que se conocía de él hasta ese momento,  además de cómo mejorar la capacidad para detectar el brote, prepararse y responder a él. Finalmente, Tedros Adhanom Ghebreyesus, director general de la OMS, declaró oficialmente el 11 de marzo del 2020 el coronavirus como una pandemia: “Desde la OMS hemos llevado a cabo una evaluación permanente de este brote y estamos profundamente preocupados tanto por los alarmantes niveles de propagación y gravedad como por los alarmantes niveles de inacción. Por estas razones, hemos llegado a la conclusión de que la COVID-19 puede considerarse una pandemia”, manifestó.

De manera vertiginosa, luego de presentarse casos en Asia, Europa y Norte América, el virus llegó a Colombia el 6 de marzo del 2020. Para el 2 de abril los contagios habían superado los mil casos y se registraban 17 muertes. Un poco más de un mes, el 8 de mayo, el país totalizó 10.051 casos, según el Instituto Nacional de Salud (INS), y las muertes eran 523. El 2 de junio las muertes diarias por primera vez eran 1.333. Entre el 1 de julio y el 1 de octubre, Colombia octuplicó el número de contagios, al pasar de 102 009 casos de contagio a 835 339, según datos del INS.

“Pese a la pandemia, seguí trabajando, aun así, el miedo mío era llegar a casa y contagiar a mi hija de cinco años, que siempre ha sufrido de problemas respiratorios, y a mi esposo”, narra Ester*. Ella es una trabajadora de la salud que hoy siente impotencia ante la imposibilidad de enviar a su hija al colegio, de donde tuvo que retirarla luego de que no le renovaron el contrato en la Empresa Social del Estado (ESE) Carmen Emilia Ospina, y en la que laboró durante más de media década. Según la auxiliar, a sus superiores no les importó su sentido de pertenencia por la institución, pero sí haberles exigido elementos de bioseguridad. Ester asegura que requerir los Elementos de Protección Personal (EPP) le costó el puesto.

En relación a los despidos, José Antonio Muñoz Paz, gerente de la ESE Carmen Emilia Ospina, manifiesta que se dieron en el marco de la convocatoria pública que llevó a cabo la ESE a través de la Agencia Pública de Empleo (APE) del Sena, encargada de seleccionar el personal entre el 14 y 18 de mayo del 2020.

“Resulta que en el mes de mayo hicimos una convocatoria a través del Sena para llamar a la gente y hacer una escogencia muy objetiva. Después de hacer la convocatoria puedo asegurar que más del 98 % del personal que estaba (en la ESE) quedó, de 590 funcionarios asistenciales no creo que hayan salido más de 10 personas. Después, con el paso del tiempo y la necesidad, algunas de esas personas se reintegraron. Realmente el personal asistencial en este momento tiene muchísimo trabajo, hoy en día es hasta difícil conseguir una auxiliar”, explica.

Así como la vida no volvió a ser igual para el ciudadano del común con la amenaza de la pandemia, tampoco lo es para los trabajadores de la salud que deben sortear Ley 100 de 1993, una ley que ha generado un debate desde su creación. “Durante los años que ha permanecido el modelo de mercado en la salud se han cerrado hospitales públicos, muchos de los cuales no pudieron seguir funcionando por falta de recursos, mientras que la red privada ha seguido en constante expansión”, escribieron las investigadoras Mónica Uribe Gómez, de la Universidad Nacional de Colombia, sede Medellín, y Marcela Agudelo Botero, de la Universidad Nacional Autónoma de México, en su artículo titulado ‘Los efectos de la mercantilización de la salud en Colombia’, publicado el 15 de abril del 2020 en UN Periódico.

De acuerdo con las académicas, a esta crisis, “se suman las múltiples denuncias por hechos de corrupción y apropiación de recursos del sector que han derivado en la falta de camas hospitalarias, de insumos médicos, así como la sistemática pauperización de las condiciones laborales del personal de salud”.

Por su parte, el exministro de Salud, Alejandro Gaviria, ha afirmado, en entrevista brindada a RCN el 14 de junio del 2017, que a la Ley 100 se le debe reconocer tres logros, en relación con la protección financiera para el bolsillo de los colombianos, el acceso a la salud y la mejoría en los indicadores de salud pública. Sin embargo, en la misma entrevista manifestó que por lo menos tiene tres problemas, “la prestación de la salud fuera de las grandes ciudades, las fallas en la regulación y la crisis financiera”.

Pedro* se considera víctima de la Ley 100. Este médico menciona que gracias a que ha aprendido de los sinsabores del sistema de salud colombiano, se ha vuelto experto en leyes, normas y demás elementos jurídicos que usa para defender su empleo y, en últimas, el derecho a la salud de los pacientes. “La gente (personal de salud) ante un riesgo de una enfermedad que es potencialmente mortal, sin elementos de bioseguridad y con los sueldos atrasados, pierde el miedo y se manifiesta”, afirma.

Más que muerte, la pandemia ha dejado en evidencia una serie de crisis socioeconómicas en el país, entre estas la del sistema de salud colombiano, históricamente denunciada en las calles a través de manifestaciones pacíficas. Un ejemplo reciente es el que se dio a finales del 2019, cuando organizaciones médicas nacionales se sumaron al Comité del Paro Nacional convocado desde el 21 de noviembre por varios sectores.

El 3 de diciembre del 2019, los trabajadores de la salud se movilizaron y exigieron una reforma. Ante esa situación la médica Diana Carolina Corcho Mejía manifestó a través del portal web del Partido Comunista Colombiano que “se recoja explícitamente una reforma de la salud que implemente la ley estatutaria contra la Ley 100 y contra la tercerización laboral de los trabajadores del sector de la salud”. Su pronunciamiento lo hizo en nombre de la Asamblea Nacional de la Federación Médica Colombiana el 14 diciembre del 2019.

 El 14 de abril del presente año, médicos realizaron una nueva jornada de paro nacional,  de manera alterna, varias movilizaciones, plantones, ‘encadenatones’ y huelgas de hambre han tenido lugar en el país, a raíz de la falta de garantías laborales y de bioseguridad para atender la pandemia.

Diego González Tafur, presidente del Colegio Médico Colombiano y miembro de la Federación Médica Colombiana, en entrevista para este reportaje, manifestó: “La pandemia ha exacerbado esta crisis que se venía denunciando y que se basa tanto en elementos para atención a los pacientes como en protección para el personal de salud y el problema de contratación con la Ley 100”.

Desde hace 27 años, las Empresas Sociales del Estado (ESE) entraron en una competencia por el mercado de la salud diseñada a través de la Ley 100, disminuyeron su personal de planta y acudieron a la tercerización y la prestación de servicios. Jaime Arias, expresidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), en 2017 publicó en la revista digital Opinión y Salud el artículo ‘Efectos de la Ley 100 sobre el empleo de los médicos’ y afirmó lo siguiente “(…) hubo un cambio radical en lo que tiene que ver con los empleadores y el mercado laboral, pues en 1993, antes de su implementación, el gran empleador era el Gobierno Nacional y los gobiernos municipales y departamentales, pues ese era un modelo completamente hospitalario, sin embargo, después la figura del empleador cambió y, a pesar de que el Gobierno y los hospitales siguen haciendo parte del escenario laboral, hoy los empleadores se han tercerizado y varían desde las IPS ambulatorias, las EPS, el autoempleo, las cooperativas y las asociaciones que no existían anteriormente”.

“Los hospitales del Estado pasaron a ser ESE. Cuando hablamos de empresas nos referimos a que se está ofreciendo un servicio a cambio de un recurso financiero. Se cambió totalmente la misión y visión de estos entes… Entraron los conceptos de la facturación versus la supervivencia de las ESE, los costos, las competencias entre las IPS públicas y privadas”, manifestó Diana Victoria Muñoz, gerente del Hospital San Antonio de Pitalito, durante la Sesión Plenaria Ordinaria de la Asamblea Departamental del Huila en el Debate sobre la realidad de las agremiaciones de Salud en el departamento del Huila, el 14 de julio de 2020.

Para el abogado laboralista Ambrosio López Meléndez, “la Ley 100 no resuelve los problemas de salud de los colombianos. Nuestro sistema solo le funciona al que tenga plata porque la necesidad que tiene una EPS es ganar dinero. El sistema está saqueado”.

En febrero del presente año, la Contraloría General de la República abrió un proceso de responsabilidad fiscal por 17 986 000 millones de pesos, por supuestas irregularidades en el pago de los recobros del medicamento de alto costo Vimizin. El daño patrimonial fue cuantificado en 7 363 000 millones de pesos. La entidad vinculó a la investigación a quienes fungieron como directores de la Administradora de Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud (Adres) desde el 2016 a la fecha, algunos entes territoriales, la Asociación Indígena del Cauca AIC-EPS-I, Medimás EPS (S.A.S.), EPS y Medicina Prepagada Suramericana S.A. Sura, Nueva Empresa Promotora de Salud EPS S.A., Famisanar EPS, Cooperativa de Salud Comunitaria Empresa Promotora de Salud Subsidiaria Comparta EPS-S y Cafesalud E.P.S.

Por su parte Lourdes Mateus, enfermera, abogada y activista por el derecho a la salud en Huila, se refiere a tres ejes fundamentales de la crisis del sistema de salud: la intermediación financiera, donde “el Estado le paga a una EPS para que solo gestione unos recursos y le permita el acceso a los servicios de salud a la población”; el enfoque del sistema, donde “es más robusta la inversión del Estado en el acceso a los servicios de salud (curar) que los recursos destinados a la prevención”. y el talento humano, “siempre hemos estado excluidos del sistema de salud, no aparecemos en la Ley 100, tan solo en la Ley 1438, una reforma que se le hizo al sistema de salud, y la Ley 1751, nos dieron un artículo donde dice que está prohibida la intermediación laboral en el sector”.

Según el investigador de la Universidad de Antioquia, Álvaro Franco Giraldo el enfoque del sistema de salud, con la Ley 100 y la Ley 1438, tiene un espíritu de intermediación, consolida un modelo de competencia y mercado. Así lo expresó en el artículo ‘La última reforma del sistema general de seguridad social en salud colombiano’ publicado en la Revista de Salud Pública de julio de 2012 “con fuerte presencia de empresas poderosas de la salud de orden privado y en ocasiones monopólicas (que cumplen la tarea de intermediación financiera). El modelo implementado hasta ahora, en la etapa de la reforma (Ley 1438) ha sido de tipo económico, que no sanitarista, proclive al clásico liberalismo, pero errático en su desempeño”.

En ese sentido, el congresista Roy Barreras, en el artículo de la revista Semana, titulado ‘Por obsoleta, congresistas piden revisar la Ley 100’, publicado el 13 de abril de 2020, considera que “hay una pauperización absoluta de los trabajadores de la salud al punto que ponen en riesgo sus vidas sin garantías de ningún tipo. Además, es una destrucción de la red hospitalaria por cuenta del sistema de subsidio a la demanda que los puso a competir con leyes de mercado sin ninguna consideración social”.

Afrontar la pandemia ‘sin escudo’

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 Los trabajadores de la salud han sido personal esencial para contener la pandemia del COVID-19. Una lucha que afrontan a la par con la de mejorar sus condiciones de bioseguridad y laborales.

Para Esther*, afrontar eventos de salud pública como dengue, VIH, sífilis, sin los elementos de protección personal (EPP) adecuados fue siempre la tendencia en el desarrollo de su labor, pero con la pandemia supuso un reto mayor. La carencia de la protección ideal no dejó de ser una demanda urgente, sobre todo entre sus compañeras auxiliares de enfermería apostadas en el área de reanimación y atención de urgencias. Irónicamente, según la auxiliar, el personal médico en un segundo nivel de interacción con los pacientes tiene más posibilidades de acceder a elementos como monogafas y tapabocas N95.

La carencia de EPP adecuados en la ESE Carmen Emilia Ospina para atención de patologías con el VIH es reconocida por el médico Muñoz Paz, actual gerente de la ESE, al afirmar que “antes de la pandemia, en la atención de este tipo de patologías no había esa cultura de protección personal adecuada y suficiente”.

Según el gerente, desde el primero de mayo, fecha en que asumió la gerencia de la ESE, los elementos de protección personal en la pandemia han sido una prioridad, lo que apaciguó una serie de protestas que se presentaban para exigir EPP.

“Después de mi ingreso no volví a ver una protesta, nosotros empezamos un plan con la Oficina de Salud Ocupacional para que la gente tuviera todos los elementos de protección, claro, eso significa un costo”, cuenta el gerente e insiste además en que “la ESE Carmen Emilia Ospina es la entidad hoy por hoy con menos contagios, no hemos tenido ni un solo fallecimiento”.

El fuerte choque de una pandemia como la de la COVID-19 deviene en altos niveles de estrés que, según Pedro*, agudizan la carga de preocupación a raíz de la inestabilidad laboral y la latente presión para que prevalezcan los intereses de las instituciones y los sindicatos de gremio por encima del bienestar del personal.

Según el documento titulado ‘Plan de Acción para la Prestación de Servicios de Salud durante las Etapas de Contención y Mitigación de la Pandemia por SARS-CoV-2 (COVID-19)’, del Ministerio de Salud y Protección Social de julio de 2020, el departamento del Huila cuenta con 9 298 profesionales de la salud entre especialistas (de cuidado crítico adulto y pediátrico, medicina interna, anestesiología y cirugía general), médicos generales, enfermeras, terapeutas y auxiliares de enfermería, según estimaciones de la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud (DDTHS), estadísticas de los graduados del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES) y el Sistema de Información para el Trabajo y Desarrollo Humano del Ministerio de Educación. Sin embargo, para Kleiber Oviedo Farfán, personero de Neiva, el temor a denunciar por el riesgo a perder el empleo o no ser contratados en el futuro no permite que se tengan cifras exactas que evidencien la magnitud del flagelo. Formalmente, en Neiva, 15 personas del gremio han interpuesto quejas en esta dependencia: “Desde este despacho siempre hemos estado presentes, intervinimos en 10 oportunidades centros médicos y tratamos más de 15 casos de personal médico que ponía en consideración algunos despidos o amenazas de despidos producto de sus peticiones de garantías de bioseguridad y contractuales”, explica el personero, quien considera urgente defender el derecho a la salud como reza en el artículo 49 de la Constitución.

Según la Mesa de trabajo de Monitoreo Crítico de Condiciones de Bioseguridad y Laborales, en su Boletín número 03 del 18 de agosto, el 43,7 % de trabajadores y trabajadoras no tiene una relación laboral directa, y solo un tercio cuenta con un tipo de contratación que le brinde estabilidad laboral. Además, los trabajadores reportaron que durante la pandemia se ha presentado situaciones de discriminación social, aumento de los horarios de trabajo, disminución del salario y sobrecarga laboral. Respecto a las condiciones laborales y de bioseguridad y su relación con el tipo de vinculación, el boletín evidencia la situación en la que se encuentra particularmente el personal que no tiene contratos directos: “El índice de bioseguridad es mayor en la población con contratación directa y estable (65 % de cumplimiento) en relación con la población con contrato indirecto e inestable (54 % de cumplimiento) y la diferencia es estadísticamente significativa”.

Para la enfermera y abogada Mateus, se trata de un drama sin rostros: “Al trabajador de la salud que se queje frente a los turnos, su modalidad de contratación, simplemente no le renuevan y en ese tipo de contrato es perfectamente legal. Ahora, la situación se agudiza con los reclamos de elementos de bioseguridad. Hay miedo a perder un trabajo digno que no tenemos en el sector salud, pero el estómago no sabe de dignidad”.

Alberto Orgulloso, director general de la Escuela Nacional Sindical (ENS), en el ‘Informe Nacional de Coyuntura Laboral de la ENS’ presentado el 30 de abril de 2020, afirma que el talento humano en salud disponible en el país a 2020 se estima en más de 673 000 personas, 495 000 son asalariados, y por cuenta propia hay 164 000, lo que indica que es el 3,2 % de la fuerza laboral del país. El 27 % de estos no tiene contrato laboral y 25 % no cuentan con afiliación a salud y pensión. ¡Datos que deben dejarnos atónitos!”, concluye. “Nos podemos morir esperando un medicamento igual que cualquier persona, debería ser lo mínimo porque estamos expuestos a un riesgo biológico constante”, denuncia Mateus.

En seis meses de pandemia, el Instituto Nacional de Salud (INS) en su Boletín n.° 40 del 5 de septiembre confirma el contagio de la COVID-19 de 8 935 trabajadores de la salud, de los cuales 63 han fallecido como consecuencia de la enfermedad en diferentes regiones del país. Según el mismo boletín, en el departamento del Huila hay 289 contagiados de la COVID-19 en personal de salud, de los cuales 207 están asociados a la prestación del servicio. El pasado 10 de agosto falleció el médico Óscar Moreno Vargas, de 55 años de edad, quien se desempeñaba como coordinador de la Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo y del Comité de Crisis COVID-19 de la ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva.

En su Boletín de COVID-19, hasta la semana epidemiológica 35, con fecha de corte el 30 de agosto, la Secretaría Departamental de Salud reportó 15 instituciones de salud (conglomerados) como sitios de alto riesgo de contagio para COVID-19 donde se han confirmado 128 casos de contagio.

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Conglomerados de alto riesgo de contagio para COVID-19 en el departamento del Huila

A través del Decreto 676 de 2020 se incorporó la COVID-19 en la tabla de enfermedades laborales y se determinó la obligación de las empresas contratantes de suministrar Elementos de Protección Personal (EPP) a los trabajadores de la salud. Sin embargo, la Contraloría General de la República (CGR) evidenció que el 47 % ha tenido que comprar con sus propios recursos los implementos necesarios, además, que al 92 % no se le ha realizado la prueba para COVID-19.

La tercerización laboral

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 En el departamento del Huila el personal de salud se ha manifestado exigiendo la formalización laboral y el suministro de elementos de protección personal.

Desde que Andrés Gordillo, médico anestesiólogo huilense, inició su ejercicio profesional como médico general y posteriormente como especialista, lo hizo desde una agremiación sindical, es decir, no fue contratado directamente por la institución brindándole plenas garantías laborales. “Esa fue la opción que se me brindó desde el comienzo de mi vida laboral y que probablemente seguiré utilizando hasta que se me formalice, sabemos que las políticas en salud vienen enfermas antes del coronavirus”, afirma.

Diego González, presidente del Colegio Médico en el Huila, afirma que Gordillo, Ester* y Pedro* hacen parte del 80 % del personal de salud en el Huila que no está vinculado de manera directa. Rosalba Ruiz Montier, directiva regional de la Asociación Nacional Sindical de Trabajadores y Servidores Públicos de la Salud y Seguridad Social Integral y Servicios Complementarios de Colombia (Anthoc), con 30 años de experiencia en el sector, explica: “Desde 1998, que entraron las cooperativas [de trabajo] a las ESE, vinieron las reestructuraciones de los hospitales, sacaron al personal de planta y empezaron a vincular por contrato de prestación de servicios, ahí empieza la explotación entre compañeros”.

La Mesa de Trabajo Monitoreo Clínico y Crítico, en su Boletín 003 del 18 de agosto de 2020, menciona que las condiciones de precarización laboral y discriminación social para quienes no están contratados de manera directa y estable por las instituciones “presenta mayor acoso laboral, discriminación por la comunidad , la insinuación de renuncia, disminución del salario y toma de licencia no remunerada”. La siguiente tabla presenta una comparación entre quienes están bajo contratación directa y estable y quienes no, y las diferentes formas de acoso laboral que sufre cada grupo.

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 Comparación entre quienes están bajo contratación directa y estable y quienes no, y las diferentes formas de acoso laboral que sufre cada grupo.

De acuerdo con Diana Victoria Muñoz, gerente de la ESE Hospital Departamental San Antonio de Pitalito, la tercerización tiene su origen en la Ley 100 que eliminó “la figura paternalista” del Gobierno hacia los hospitales y dio paso a la consecución de presupuestos a través de la venta de servicios. “Un hospital que no vende servicios es un ente que no cobra su cartera. Pueda que yo venda muchos servicios, pero si la EPS no me paga, el presupuesto está basado en lo que cobro, no en lo que facturo”, explicó la gerente en la Sesión de la Asamblea Departamental durante el Debate sobre la realidad de las agremiaciones de Salud en el departamento del Huila.

Con la dinámica de la Ley 100 los hospitales comenzaron a tener un menoscabo en sus carteras para costear infraestructura, equipos biomédicos y personal. En consecuencia, entre 1993 y 1999, según el artículo ‘La debacle hospitalaria IV’ de la Unidad Investigativa de El Tiempo, publicado el 10 de octubre de 2001, importantes hospitales como el Lorencita Villegas de Santos en Bogotá y el de Sevilla del Valle tuvieron que liquidarse. “En el caso del Lorencita, las deudas sumaban 45 000 millones de pesos y el pasivo pensional 18 000 millones. En el del Valle, el déficit alcanzaba los 10 000 millones de pesos”, afirma la publicación. Igual desenlace vivieron otros tres: el Centro Médico Carvajal de Bogotá, Cooperadores S.A. de Cali y la Corporación de Medicina Integral de Manizales. Además, la Superintendencia Nacional de Salud tiene intervenidos el San Juan de Dios de Bogotá y la Clínica Club de Leones de Cartagena.

En el Huila, la ESE San Roque, del municipio de Altamira, fue liquidada en marzo del 2015 por la Secretaría de Salud del departamento por crisis financiera, así lo manifestó Carlos Daniel Mazabel, secretario de Salud del departamento de ese año, en declaraciones el 3 de marzo de 2015 al Diario del Huila: “Cuando recibimos esa empresa estaba casi que liquidada, no había gerente, no tenía funcionarios, por lo que se procedió al cierre y a conseguir los recursos para la anulación de la razón social del hospital”.

Allí también tuvo lugar el ‘Programa de Modernización de la Red Pública de Prestación de Servicios de Salud del Departamento’, enmarcado en el análisis de la red pública que en el 2000 emprendió el Gobierno Nacional, priorizando los hospitales departamentales de Pitalito y La Plata, además, los hospitales de primer nivel en los municipios del Agrado, Campoalegre, Tarqui y Tesalia.

Con la firma de los Convenios 191 de 2004 entre el departamento y los ministerios de Protección Social, Hacienda y Crédito Público, entró en vigencia el periodo de 10 años (2004-2014) de seguimientos trimestrales del cumplimiento de metas para condonación anualmente del dinero, disminución del número de camas y plantas de personal.

“En el año 2006 habíamos bajado de 198 a 105 cargos de planta, llegando a un total de 97 puestos en el 2014, y no porque los gerentes, la Secretaría de Salud o el Gobernador quisiéramos, ya venía del orden nacional. Nos obligaban a los gerentes a que fuéramos llegando al hospital a suprimir los cargos que iban quedando vacantes”, según la médica Muñoz, en el caso del Hospital San Antonio de Pitalito.

En esta dinámica de disminución de personal de planta para subsistir, paradójicamente se impuso en los hospitales nacionales la necesidad de personal para aumentar la prestación de servicios y facturar. Vinieron entonces los empleos temporales y figuras como las cooperativas de trabajo asociado, que luego en algunos casos se convirtieron en sindicatos de gremio.

Por ejemplo, en el Acta 001 del 22 de septiembre de 2011, del naciente Sindicato de Gremio Salud, Vida y Trabajo (Savitra), la reunión ordinaria de miembros de junta directiva quedó consignada en la misma dirección y oficina de la otrora Cooperativa de Trabajo Asociado Unidos en Salud (Unisalud).

ACTA 001

Acta 001 Savitra

Además, en dicha reunión de junta directiva quedó “autorizado” el señor Alberto Segura Garzón, administrador público de profesión y exrepresentante legal de Unisalud, para ser el representante legal del sindicato de gremio. 

ACTA 001 2

Acta 001 Savitra

Esta mutación de cooperativa de trabajo asociado a sindicato de gremio, luego de que se empezó a vigilar y sancionar la tercerización laboral en el país, es usada por empleadores para servir como intermediadores en la contratación de personal por parte de las instituciones de salud, y permite que las mismas evadan obligaciones prestacionales como aportes a seguridad social y a parafiscales del personal contratado de manera indirecta. Así lo manifestó la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el 25 de abril de 2018, cuando se pronunció sobre el proceso adelantado por Harold Ever Arango Arango contra Salud Total EPS S.A., la Cooperativa de Trabajo Asociado Colaboramos y la Cooperativa de Trabajo Asociado Talentum.

Según Eduardo Conde Macías, directivo de la CUT Huila, actualmente los sindicatos de gremio realizan la misma función que hacían las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA): manejar la nómina de trabajadores que contratan, en una acción clara de tercerización, e intermediar, quedándose con parte del salario de los trabajadores.

“La intermediación laboral ilegal en salud no es nueva, viene desde las Cooperativas de Trabajo Asociado que arrancan con la Ley 100. Esas cooperativas tampoco era que reconocieran la economía solidaria como base fundamental de desarrollo, sino que se crearon con la única razón de tercerizar e intermediar personal de salud. Fueron prohibidas en el 2010 con la Ley 1429, pero mutaron y se constituyeron en agremiaciones sindicales, con un agravante muy fuerte: estos sindicatos están protegidos por la ley y la Constitución, el derecho de asociación sindical es un derecho fundamental, uno se puede asociar para reivindicar derechos como para no hacerlo”, precisa la enfermera y abogada Lourdes Mateus.

El Decreto 583 de 2016, en su artículo 2.2.3.2.2, que trata sobre la vinculación de trabajadores, establece que “el personal requerido por un beneficiario para el desarrollo de sus actividades misionales permanentes no podrá estar vinculado a través de un proveedor que afecte los derechos constitucionales, legales y prestacionales consagrados en las normas laborales vigentes”, lo que permite inferir que al utilizar el contrato sindical para contratar nómina que desarrolle actividades misionales permanentes, se podrían estar quebrantando las disposiciones normativas contenidas en este decreto.

El polémico contrato sindical

La primera vez que Luis* tuvo contacto con el contrato sindical se encontraba de visita en una cafetería del Hospital Universitario de Neiva (HUN) y hacía parte de las altas cifras de desempleo en la ciudad. Un café, una charla con un funcionario del hospital y el anuncio de que buscaban un médico general. En adelante, la recomendación del funcionario, la presentación de la hoja de vida en el sindicato, el papeleo y la firma del contrato con la agremiación para laborar en esta ESE.

Según Diana Victoria Muñoz, gerente del Hospital San Antonio de Pitalito, en su intervención en la Asamblea Departamental, hasta 1994 el proceso de selección de personal era realizado directamente por la dirección o por la jefatura de la sección administrativa del hospital.

El contrato sindical hace parte de las opciones de contratación o vinculación para prestar servicios en las Empresas Sociales del Estado y se enmarca en el derecho a la libre agremiación que tienen los trabajadores en el territorio nacional, amparado en el artículo 39 de la Constitución Nacional, el Código Sustantivo del Trabajo y el Decreto 1429 de 2010.

Actualmente, existen 21 indicatos de gremio sector salud en el Huila:

cuadro Sindicatos Huila

Relación de Sindicatos de Gremio en el Huila

Según Rosa Helena Salazar, gerente del sindicato de gremio de médicos especialistas Anesmedic, esta figura se conforma por la voluntad de las personas, quienes se reúnen en una asamblea general dos veces al año para nombrar una junta directiva conformada por 10 afiliados. “En nuestro caso, también nos reunimos mensualmente para ver las novedades en los contratos que se ejecutan, revisar la cartera que se tiene en los diferentes contratos y organizar el destino del dinero que ingresa al sindicato”.

Actualmente, tan solo en el Hospital de Neiva, el más importante del sur del país, hay un total de 1 751 trabajadores de los cuales 516 (29,5 %) corresponde a personal con un tipo de vinculación de planta; es decir que 1.235 están contratados por terceros y no directamente por la institución. Son de libre nombramiento y remoción o tienen contrato a término definido. Particularmente esta ESE departamental tiene contratos con seis sindicatos de gremios por un valor que asciende a los 32 280 millones de pesos.

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Contratos sindicales del Hospital Universitario de Neiva. Fuente: Subgerencia Técnica Hospital Universitario de Neiva.

A diferencia de la contratación directa, que se rige por lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 o de carrera administrativa y sus decretos reglamentarios, compilados ahora en el Decreto 1083 de 2015 o Único Reglamentario de la Función Pública, con las modificaciones introducidas con el Decreto 648 de 2017, el contrato colectivo sindical es suscrito por el representante legal del sindicato de acuerdo con lo establecido en la ley o en sus estatutos. Para todos los efectos legales, el representante legal de la agremiación que suscriba el contrato sindical ejerce la representación de los afiliados que participan.

“Bajo el contrato colectivo sindical, la agremiación funge como empleadora y los afiliados a aquella como trabajadores, es decir, la ESE o la entidad contratante no tiene un vínculo directo o una relación laboral con los trabajadores”, expresó Jorge Humberto González Bahamón, gerente del ESE Hospital Departamental San Vicente de Paúl de Garzón, en su intervención en la Sesión Plenaria Ordinaria de la Asamblea Departamental del Huila durante el Debate sobre la realidad de las agremiaciones de Salud en el departamento del Huila, el 14 de julio de 2020.

Sin embargo, contrario a los manifestado por el gerente, fue posible constatar que los contratantes tienen injerencia directa en el despido de personal médico vinculado a través de contrato colectivo sindical con Savitra, como se evidencia en la hoja 287 y 288 del Acta 094 del 13 de diciembre de 2019, en la que un directivo de la agremiación pregunta sobre la procedencia de la orden para despedir a alguien, acto seguido se le explican las diferentes causas o motivos que pueden generar dicho despido.

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Acta sindicato Savitra

Para la abogada Lourdes Mateus, esta independencia que manifiestan los contratos sindicales es posible controvertirla ante un juez debido a tres características que se pueden probar: la primera es la prestación personal del servicio; la segunda, la existencia de una subordinación representada en el cuadro de turnos de la ESE, circulares que manda el hospital y ser sujeto de control interno; y en tercer lugar, la percepción del pago por los servicios que el trabajador presta en una cuenta bancaria. “Cuando el juez determina que se tenía un contrato, entonces se desdibuja el contrato sindical”.

Otro punto álgido de la polémica que rodea esta forma de contratación tiene que ver con los descuentos o deducciones del valor mensual devengado por los trabajadores de la salud que laboran a través de contrato sindical, y que varían de acuerdo al sindicato y la ESE. Estos montos en general se traducen en: administración, legalización del contrato, seguridad social, asesoría jurídica, seguridad y salud en el trabajo, capacitaciones, programas de bienestar y celebraciones festivas.

Llama la atención que siendo el Hospital San Antonio de Pitalito nivel dos, el porcentaje de deducciones mensuales que aplica el sindicato de gremio Servicio de Salud Humanizados del Sur a sus afiliados sea de 8,2 %, mientras en el Hospital Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva, nivel tres (Asmepcol), corresponda al 4,0 %.

A continuación, se observa la variación de los porcentajes de administración en los principales hospitales del departamento dependiendo del sindicato:

Porcentaje de administración sindicatos en los principales Hospitales del Huila

Variación de porcentajes de administración de sindicatos en los principales hospitales del departamento del Huila. Fuente: Asamblea Departamental.

Mientras las directivas sindicales aseguran que se trata de decisiones colectivas tomadas en el máximo órgano, la asamblea general, la tendencia en las versiones del personal de salud, que prefieren omitir sus nombres debido a la persecución que se presenta en esta clase de gremios, afirman que el porcentaje de las deducciones para administración y hasta celebraciones festivas y bonos adicionales no hacen parte de las discusiones que se dan con los afiliados.

Incluso, uno de los trabajadores de la salud afiliado a Savitra manifestó que en ocho años que ha estado vinculado al sindicato de gremio solo ha presenciado una asamblea general y los descuentos no fueron debatidos como lo afirmó ante la Asamblea Departamental el representante Legal Alberto Segura Garzón: “Yo soy miembro de la empresa y tengo derecho a decidir sobre lo que nos conviene a través de los órganos en los que participo: asamblea general”.

Al respecto, la diputada y presidente de la Duma Departamental, Karol Ortigoza, en debate de control político del 14 de julio de 2020, denunció constantes incumplimientos en el pago de sueldo a trabajadores de la salud por parte de las agremiaciones sindicales en Huila, así como bajos niveles salariales, debido a las deducciones y carencias en las medidas de protección personal durante la pandemia.

Diego González, presidente del Colegio Médico en el Huila, afirma que los contratos sindicales, aparte de las reducciones del salario, no ofrecen vacaciones y someten a los trabajadores a extenuantes jornadas de trabajo que devienen en estrés.

En la siguiente tabla es posible evidenciar el nulo o efímero aumento en el valor de la hora de trabajo del personal de salud con contrato sindical en el Hospital Universitario de Neiva en seis años. Durante este tiempo ha sido el personal de Medicina General quienes han visto el mayor aumento en el pago de la hora de trabajo, con un total de 3.907 pesos; en contraposición, a los profesionales especializados solo se les ha aumentado 790 pesos la hora de trabajo. En comparación, el aumento por hora en el salario mínimo mensual legal vigente durante el mismo periodo ha sido de 1.090 pesos.

Valor horas del personal de salud contrato sindical en HUN

 Aumento en el valor de la hora de trabajo del personal de salud con contrato sindical en el Hospital Universitario de Neiva en seis años.

Para Eduardo Conde Macías, directivo de la Central Unitaria de Trabajadores seccional Huila (CUT-Huila) y miembro de la Junta Nacional del Sindicato de Cajas de Compensación Familiar, en medio del estado crítico y abandono de la población en salud, incluso antes de la pandemia, los sindicatos de gremio intermedian la contratación de trabajadores de la salud, mas no exigen ningún derecho: “Los sindicatos no están hechos para contratar, sino para mejorar las condiciones de trabajo, de lo contrario se pierde la naturaleza de la defensa de los derechos laborales”, reitera.

La influencia de gamonales políticos en el sector salud y los sindicatos del gremio en el departamento es otro aspecto ampliamente comentado por trabajadores de la salud, abogados laboralistas y activistas pro derecho a la salud.

“Cuando llegan temporadas de elecciones, ellos (los sindicatos de gremio) le dicen a usted: bueno, doctor, hay reunión en tal lado y allá llaman lista. Si no va, ahí miramos cómo es el tema del contrato más adelante. Las más vulnerables son las auxiliares, por cada 100 médicos hay 500 enfermeras”, dice el médico Diego González Tafur.

Pero la influencia política iría también a alto nivel. Durante el debate de control político a las agremiaciones sindicales de la salud, desarrollado en la Asamblea Departamental el 14 de julio de 2020, la diputada Sandra Hernández reveló el contenido de un mensaje que recibió vía chat de WhatsApp en el que un funcionario ordena a un gerente de ESE departamental (nombres que no fueron revelados por tratarse de una comunicación privada protegida por la ley) la contratación con un sindicato en particular a partir del primero de julio de 2020.

“Doctora, buena tarde, estoy aquí con los interesados de la agremiación a quien quiere apoyar el jefe, trabajaría con un 7,5 en costos de administración para el hospital. La agremiación se llama Calidad Integral. Le habría solicitado en nuestra reunión que por favor usted revise el cumplimiento de la misma porque debemos apoyarla después de que la actual cumpla el mes de prórroga, por favor atenderlos y proceder a revisar el cumplimiento para contratarla a partir del 1.º de julio. El porcentaje también lo puede revisar y rebajar un poquito más”, leyó la diputada desde su celular en transmisión de Facebook Live durante la sesión de la Asamblea Departamental, el 14 de julio de 2020.

Según el Código Penal, en su artículo 411, de acuerdo a la denuncia anterior se podría estar configurando un delito de tráfico de influencias de servidor público, en el entendido de que el servidor público utiliza indebidamente, en provecho propio o de un tercero, influencias derivadas del ejercicio del cargo o de la función, con el fin de obtener beneficio de parte de servidor público en asunto que este se encuentre conociendo o haya de conocer, incurriendo en prisión de sesenta y cuatro (64) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses, multa de ciento treinta y tres punto treinta y tres (133.33) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses.

Además, esta actuación, según la representante Hernández, demostraría que “no está primando el bienestar del personal médico, sino de a quién se le tiene que cumplir el compromiso político para que contrate y se gane una buena suma de dinero, a costa de la calidad de la prestación del servicio y de la contraprestación que debe tener nuestro personal de salud”.

En un audio filtrado al presente trabajo periodístico, Alberto Segura Garzón, representante legal del sindicato de gremio Savitra, manifiesta en una reunión con los afiliados a inicios del 2020 las razones políticas por las que estuvieron a punto de ser retirados del Hospital San Vicente de Paúl de Garzón.

En dicho audio explica ampliamente las ‘movidas’ electoreras departamentales y locales que impactan al sector salud y en las que se ha tenido que mover la agremiación por más de 10 años. Segura Garzón es claro al indicar la manipulación que realizan gamonales políticos y gerentes de hospitales del personal de salud cuando “deciden quién entra y quién sale sin tener ningún otro argumento que necesitar el puesto para poner a otra persona”.

 

Al consultar a Segura sobre esta supuesta influencia que estarían ejerciendo dirigentes políticos en los contratos sindicales del sector salud, manifestó: “Cuando nosotros contratamos es porque ha habido una invitación pública, una licitación, hay unos oferentes, unos requisitos que se tienen que cumplir en experiencia, capacidad económica y financiera”.

En ese sentido, manifiesta que luego de surtir los requerimientos legales, el sindicato es el que escoge el personal de acuerdo a las capacidades técnicas para resolver unas necesidades en el sector: “Que a uno le recomienden hojas de vida o que uno las reclute por diferentes medios, uno puede recibir de todo el mundo, usted puede recibir del diputado, el concejal, de mucha gente que son amigos y personas del mismo sector, hasta ahí uno las recibe, pero de ahí en adelante a que esas personas tengan o tengan que entrar, no, primero tiene que entrar por un perfil, que enfoca una serie de condicionamientos, una formación técnica”. También agrega: “Nosotros nos presentamos en diferentes sitios y hemos ganado, sin hablar ni siquiera con el gerente, lo conocemos el día que vamos a firmar un contrato, de resto muy difícil”.

Finalmente acota que “en organizaciones (sindicales) que trabajan más en el tema administrativo podrían darse ese tipo de cosas (influencia política), pero nosotros poco nos metemos en eso”.

“En el país, las instituciones de salud del Estado todas están en manos de los políticos. Los hospitales son una gran fuente de trabajo, mal trabajo, en donde tercerizan y salen de compromisos políticos”, insiste el abogado laboralista Ambrosio López Meléndez.

Esta serie de irregularidades mantiene en alerta al Ministerio de Trabajo, según Clara Inés Borrero, directora de la seccional Huila. A partir de la Resolución 2021 de 2018 ejerce vigilancia y control de las tensiones en el sector salud por falta de garantías en contratos sindicales o contrato de servicio, exceso de las jornadas laborales, acoso laboral, falta de elementos de protección laboral durante la pandemia, mejoras salariales y retraso en el pago de los salarios.

Durante el debate de la Asamblea Departamental Huila sobre la realidad de las agremiaciones de salud en el departamento, el 14 de julio de 2020, Clara Inés Borrero, directora seccional del Ministerio de Trabajo, denunció que el ente regional había interpuesto tres procesos sancionatorios contra ARL que no hicieron entrega o entregaron defectuosos los elementos de bioseguridad. Además, cursaban seis procesos sancionatorios a ESE del departamento por presuntas prácticas de intermediación laboral.

Mientras la COVID-19 se aceleró desde el 23 de mayo, con la confirmación de más de mil casos diarios y ocupación de camas en unidades de cuidados intensivos en el 75 %, según el secretario de Salud del Huila, los trabajadores de la salud continúan salvando vidas y reclamando un remezón total en la contratación laboral para que les brinden plenas garantías.

Ester* permanece con desconsuelo al ver cómo la economía de su hogar se degrada y su deseo de vivir la pasión de atención al usuario continúa truncada. Confía en que haber apoyado campañas políticas locales, como auxiliar de enfermería, le permita volver a laborar. Es consciente de que la influencia política puede ser más fuerte que la entrega que un trabajador de la salud tenga en su labor.

Pedro* ha dado el paso al fuero sindical y actualmente pasa sus días luchando contra la tercerización laboral, que lo dejó por fuera de la ESE donde laboraba luego de exigir elementos de bioseguridad y mejoras en la contratación laboral. En su propósito hay esperanza de cambio.

Desde la administración departamental, en coordinación con ESE y autoridades regionales, se ha propuesto construir una política de talento humano en la región que unifique y mejore las condiciones del personal de salud. “Ahí estará el componente de formalización, además de todas las condiciones de bienestar de administración de personal que se deben dar”, afirmó César Alberto Polanía Silva, secretario de Salud del Huila, durante la Sesión Plenaria Ordinaria de la Asamblea Departamental del Huila, en el Debate sobre la realidad de las agremiaciones de salud en el departamento del Huila, realizada el 14 de julio de 2020.

Entre tanto, el llamado de sindicalistas como Eduardo Conde y de trabajadores y activistas por la salud, como Lourdes Mateus, es a sindicalizarse en verdaderos sindicatos para resistir los embates del sistema, en la medida en que se exige un compromiso mucho mayor del orden nacional que permita definir una política contundente de apoyo a las empresas sociales del Estado y al personal que trabaja en el sector salud.

Esta investigación es resultado de la convocatoria Becas de Consejo de Redacción 2020.

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